
Uber Moto: Choferes protestaron frente al Concejo Deliberante de SMT
Bajo la Lupa NoticiasLos choferes se reunieron en el Parque 9 de Julio y marcharon hasta el edificio de San Martín y Monteagudo para llevar su reclamo porque, sostienen, el proyecto les impediría continuar trabajando como lo hacen, algunos, hace casi un año. "Es nuestra única fuente de ingresos. Hay madres solteras que tienen este trabajo como sustento", fueron alguno de los argumentos que lanzaron los manifestantes ante las cámaras de "Buen Día", el noticiero matutino de LG Play.

El proyecto establece que los únicos habilitados a utilizar plataformas electrónicas sean los conductores adheridos al Servicio Único de Transporte Público de Pasajeros en Automóvil.
Los conductores de Uber Moto consideran que esta es la única fuente de trabajo. Debido a la protesta, el debate fue desestimado y los trabajadores levantaron el corte de tránsito.
Imagen capturada del móvil en vivo - diario La Gaceta
Con los ánimos caldeados por la atmósfera que se vive afuera del recinto, adentro, los concejales capitalinos confirmaron que continuarán discutiendo el dictamen aprobado en comisión, para intentar regularizar el transporte público mediante la aplicación Uber Moto, teniendo en cuenta que ese sistema ya había sido prohibido, mediante una ordenanza de 2002.
¿Qué dice el dictamen que se tratará en el recinto?
El dictamen de la comisión de Transporte establece la modificación de la normativa N° 3.713 del Sutrappa. Allí se añade la modalidad de traslado de pasajeros a través de plataformas electrónicas y a través de Empresas Redes de Transporte (ERT), donde la prohibición de los vehículos particulares se manifiesta de manera indirecta. El articulado no menciona explícitamente la no permisibilidad de funcionamiento para los conductores de Uber, Cabify o Didi, pero sí determina que serán sancionados aquellos “conductores y/o vehículos que prestaren el servicio en la modalidad Sutrappa a través de plataformas electrónicas sin estar autorizados para esa modalidad”, es decir, sin pertenecer al Sistema Único de Taxis.
Se incluye en el texto, además, un artículo sobre los requisitos que tendrán las ERT. Entre ellos, se menciona la inscripción en la Dirección de Ingresos Municipales, debiendo fijar domicilio fiscal; información sobre los prestadores del servicio; y aceptar la competencia judicial de los tribunales ordinarios de la Provincia. También establece que se aplicarán multas a las agencias y ERT que no cumplan con cualquiera de las obligaciones administrativas dispuestas en la ordenanza.
Con el propósito de motivar a los vehículos particulares a adherirse al Sutrappa, el dictamen añade que el Departamento Ejecutivo deberá “realizar un llamado a inscripción de aspirantes de licencia del Sutrappa, de acuerdo a las vacante que existieran”. Los que no entren en ese cupo funcionarían dentro de la ilegalidad, según la normativa, y podrían recibir multas.
El artículo seis del documento dispone la incorporación de un ítem que se refiere a las motocicletas. “Queda expresamente prohibida la prestación del servicio en cualquiera de las modalidades expresadas en el artículo precedente a través de moto vehículos”, reza el punto que se propone incluir.
Sobre la ilegalidad de este sistema, hizo referencia a la ordenanza N° 3.260, de septiembre de 2002, que impone: “prohíbese en el ámbito del municipio de San Miguel de Tucumán el servicio y la circulación de los denominados ‘motos-taxi’, como agencias o en forma particular”, además de las clausuras de las agencias que desobedezcan a la norma.


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