
La inflación de octubre fue de 2,3% y acumuló 31,3% en los últimos doce meses
El Indec difundió la variación de precios correspondiente al mes pasado. En lo que va del año, el Índice de Precios al Consumidor ya se incrementó un 24,8%
Según el informe privado de la Fundación Libertad y Progreso, la jubilación mínima perdió un 37% de poder adquisitivo desde el 2014.
Economía16 de junio de 2021
Bajo la Lupa NoticiasEste estudio señala que los haberes previsionales vienen teniendo un deterioro desde el año 2013, salvo en el año 2017 (el año con menos inflación en los últimos 8 años).
Señala también que "un jubilado que percibe un haber medio de $28.794 en bruto, disminuyó su poder de compra de la Canasta Básica en un 1,9% en 2020 y en un 9,6% desde el 2018".
La Canasta Básica es un índice elaborado por el INDEC para medir los gastos de una familia en condiciones de pobreza y abarca los alimentos básicos y los servicios esenciales.
Esta diferencia sería aun mayor si tomamos la Canasta Básica de un adulto mayor, ya que sus necesidades esenciales y alimentos básicos son distintos a los de una familia tipo.
El año 2013 es el considerado como punto máximo alcanzado por el nivel de vida de los jubilados: si se toma el haber promedio, la disminución de su capacidad de compra disminuyó más del 30%.
Los aumentos otorgados durante el 2020 por decreto (ya que la ley de movilidad estuvo suspendida), "solo alcanzó para evitar la caída, pero no para recuperar el poder adquisitivo perdido", remarca el informe.
Distintos juzgados del país han recogido el guante respecto de este reclamo. Recientemente la Cámara Federal de Bahía Blanca ordenó que se reintegre al jubilado Eduardo Rubén Martínez la diferencia entre lo otorgado durante el año 2020 por decreto y lo que hubiera correspondido al aplicarse la ley que estaba suspendida y que finalmente fue derogada en diciembre del 2020 por la nueva ley de movilidad.
Los decretos otorgaron, según el rango de haber, entre un 24% y 35%, cuando hubiese correspondido un 42%.
Los jueces determinaron que si bien es contemplada la situación de emergencia, al finalizar la misma, y encontrándose una ley vigente, aunque suspendida, deberían devolverle al jubilado la diferencia.
Este fallo será apelado por la ANSES y la Corte Suprema de Justicia será quien tenga la última palabra.
En este sentido, varios juzgados federales han tratado el tema, y en su mayoría con fallos a favor de los jubilados, tanto en el tema de los aumentos por decreto en el año 2020, como así también, la mala aplicación en el año 2018 de la ley de movilidad ( con una diferencia a marzo del 2018 de un 10%) como así también el planteo de inconstitucionalidad de los decretos que determinaron el aumento.
Próximamente, la Corte Suprema tendrá que ponerle fin a este conflicto y dar su palabra respecto de cuánto deberán cobrar los jubilados. Claramente, y como lo demuestran los informes privados, son ellos los más perjudicados económicamente en los últimos años.
Fuente: Telefe Noticias

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