Continúan vigentes los beneficios para regularizar deudas fiscales

La contadora Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente, explicó los alcances del régimen, que permite regularizar deudas de tributos provinciales con beneficios de hasta el 50% y distintas alternativas de financiación.
Economía08 de septiembre de 2026Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

La Dirección General de Rentas recuerda que se encuentra prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2026 el Régimen de Regularización de Deudas Fiscales, mediante el cual los contribuyentes pueden regularizar obligaciones vencidas y exigibles al 30 de junio de 2026.

La medida comprende deudas correspondientes a los impuestos provinciales, incluidos intereses, recargos y multas. También pueden incorporarse obligaciones que se encuentren en gestión de cobro judicial, para las cuales se contempla una reducción del 50% en los honorarios profesionales de los representantes legales de la Autoridad de Aplicación, con la posibilidad de abonarlos hasta en 12 cuotas.

La jefa de la División Asistencia al Contribuyente,  Karina Delordi, explicó que el régimen ofrece diferentes beneficios de acuerdo con la modalidad de cancelación elegida.

“Tenemos un beneficio del 50% para quienes opten por el pago de contado; del 40% para los planes que se cancelen hasta julio de 2027, en 10 cuotas; y del 30% para aquellos planes cuya cancelación sea posterior a julio de 2027”.

Delordi destacó además que durante septiembre se encuentran flexibilizadas las condiciones para adherir al régimen.

“Al momento de efectuar la solicitud deben estar cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias que vencieron a partir del 1 de julio de 2026 y hasta las que vencen en septiembre, es decir, tres cuotas o anticipos”.

En el caso de los impuestos Automotores y Rodados e Inmobiliario, los contribuyentes deberán tener abonadas las cuotas 7 a 9 de 2026 al momento de solicitar el plan.

Adhesión online

La solicitud de adhesión al régimen se realiza íntegramente a través de la página web del Organismo www.rentastucuman.gob.ar . Para los planes realizados durante septiembre, la primera cuota vencerá el 15 de octubre de 2026.

“Es importante recordar que con el pago de la primera cuota el plan queda formalizado”, señaló Delordi.

Domicilio Fiscal Electrónico

Desde Rentas también recuerdan que las notificaciones relacionadas con los planes de pago y con los distintos tributos provinciales se realizan a través del Domicilio Fiscal Electrónico de la Dirección General de Rentas.

En este sentido, Delordi remarcó que “es importante que el contribuyente tenga constituido el Domicilio Fiscal Electrónico, porque por ese medio se realizan las notificaciones correspondientes”.

Asimismo, Rentas brinda asesoramiento personal y telefónico para quienes necesiten ayuda para utilizar este servicio o cualquiera de las herramientas disponibles en la página web del organismo.

Para consultas, los contribuyentes pueden comunicarse al 381 4503700, línea con 50 canales rotativos.

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