Se aprobó el protocolo sanitario para las elecciones: cómo se votará en pandemia

Habrá reducción de mesas de votación por escuela, horarios especiales para grupos de riesgo y la figura de un “facilitador sanitario”, entre las principales medidas.

Política03 de agosto de 2021Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

La Cámara Nacional Electoral aprobó este martes el protocolo sanitario por coronavirus que se aplicará las elecciones legislativas de este año, destinado a evitar aglomeraciones en las escuelas y que, entre otras medidas, incluye habilitar no más de ocho mesas de sufragio por establecimiento, establecer horarios especiales de votación para personas de riesgo y un “facilitador sanitario”.

Así se definió mediante la Acordada Extraordinaria Nº 83, firmada por los jueces Santiago Corcuera, Daniel Bejas y Alberto Dalla Vía, que estableció el “Protocolo sanitario de prevención COVID-19 – Elecciones nacionales 2021”, elaborado conjuntamente con la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud de la Nación. 

El mismo regirá tanto para las PASO del 12 de septiembre como para las generales del 14 de noviembre y establece distintas medidas sanitarias y organizativas para llevar a cabo las próximas elecciones nacionales en el contexto de pandemia. 

“Con respecto a los locales de votación, con el objeto de mitigar la posibilidad de que ocurra una aglomeración de personas -si bien no es aconsejable reducir la cantidad de electores por mesa- resulta conveniente para esta elección fijar como criterio rector que en cada establecimiento no se habiliten más de ocho (8) mesas de votación. En caso de que no resulte posible identificar establecimientos educativos suficientes, será pertinente la aplicación del artículo 77 del Código Electoral Nacional, que autoriza a los jueces electorales a ‘habilitar dependencias oficiales, locales de entidades de bien público, salas de espectáculos y otras que reúnan las condiciones indispensables’, tales como clubes deportivos”, señala la acordada. 

También, se dispone la implementación de una “franja horaria prioritaria” para personas que integren grupo de riesgo, entre las 10:30 y las 12:30 horas. Cada distrito podrá modificar, no obstante, el horario. “Si bien durante esa franja horaria no se impedirá la votación de quienes concurran a sufragar sin integrar al grupo priorizado, tales electores –que no lo integran- deberán ceder su turno a quienes acrediten por los medios pertinentes integrar los grupos de riesgo priorizados”, señalaron los jueces. 

El Ministerio del Interior deberá distribuir en cada establecimiento de votación tanto productos de higiene y sanitización, como elementos de protección personal (barbijos, máscaras de protección y/o mamparas); de características adecuadas y suficientes para garantizar la preservación de la salud de las personas durante toda la jornada electoral. 

Además, se incorpora la figura del rol del “facilitador sanitario” que tendrá, entre sus funciones, hacer cumplir el protocolo y las medidas de prevención. 

En cada distrito, a la vez, la justicia federal con competencia electoral determinará el procedimiento de emisión del voto para aquellos electores que exhiban síntomas evidentes compatibles con COVID-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio, preservando la salud de las demás personas.

Fuente: TN

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