Adhesión total en Tucumán a las nuevas restricciones contra el Covid-19
La ministra de Gobierno y Justicia de la Provincia, Carolina Vargas Aignasse, confirmó esta noche a través de su cuenta de Twitter, que Tucumán adherirá en su totalidad al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que oficializó el Poder Ejecutivo Nacional minutos después de las 22.
MEDIDAS APLICABLES A LUGARES EN ALTO RIESGO Y EN ALARMA EPIDEMIOLÓGICA Y SANITARIA DESDE EL 22 A LAS 00:00 HS AL 30 DE MAYO
-PRORROGAN MEDIDAS VIGENTES: a las medidas vigentes para alto riesgo y para alarma epidemiologica, se suman: actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales: Sin presencialidad, en todos los casos que sea posible se deberán realizar las tareas bajo la modalidad de teletrabajo.
-PERMANENCIA EN DOMICILIOS: Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.
-SALIDAS DE ESPARCIMIENTO: Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos al aire libre de cercanía, en horario autorizado para circular, y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales y obligatorias. No es necesario tramitar permiso para circular para estas actividades.
- ACTIVIDADES RECREATIVAS: no se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales.
-CIRCULACIÓN: No se podrá circular afuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.
-PROHIBICION DE CIRCULACION: Desde las 18 horas hasta las 6 horas del día siguiente.
-GASTRONOMIA: Sólo mediante delivery y take away.
-TRANSPORTE PUBLICO: Quedan habilitadas para su uso las personas expresamente autorizadas para el desempeño de sus actividades (1) , los casos especiales, atención de salud y vacunación.
-PERMISOS: Todas las personas exceptuadas de la prohibición de circular (1) y (2), deberán portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19” que las habilite a circular. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada.
Fuente: El Tucumano