La causa por asociación ilícita en Alberdi continuará en el fuero provincial: el juez rechazó el planteo de incompetencia

El juez Edgardo Rojas, del Centro Judicial Concepción, resolvió que la investigación por presunta asociación ilícita en la Municipalidad de Juan Bautista Alberdi siga en la justicia provincial. El Ministerio Público Fiscal había solicitado el pase al fuero federal por supuesta conexidad con una causa por narcotráfico y lavado de activos. Las defensas, salvo una excepción, se opusieron al pedido.

Judiciales02 de julio de 2025Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

En el marco de la causa que investiga una presunta asociación ilícita vinculada al funcionamiento de la Municipalidad de Juan Bautista Alberdi, el juez del Centro Judicial Concepción, Dr. Edgardo Rojas, resolvió no hacer lugar al planteo de incompetencia en razón de la materia formulado por el Ministerio Público Fiscal (MPF), y ratificó la continuidad de la investigación en el ámbito de la justicia provincial.

El Auxiliar Fiscal, Dr. Bernardo Sassi, en representación de la fiscal regional Mónica García de Targa, había solicitado que la causa que tiene entre sus principales involucrados al exintendente Luis Armando Campos y a varios funcionarios y particulares de su entorno, sea remitida al fuero federal, en virtud de su supuesta conexidad con otra investigación que tramita en la Justicia Federal N.º 2 de Tucumán por delitos de narcotráfico, lavado de activos y asociación ilícita.

La causa local se originó a partir de la viralización de un audio fechado el 5 de junio de 2025, en el que Campos mantiene una conversación con Roque Cayetano Jiménez que habría contenido referencias a actividades presuntamente delictivas dentro del municipio. Luego de ello se iniciaron actuaciones de oficio y se acumularon otros legajos vinculados. Un segundo audio, difundido días después, motivó la aprehensión de Jiménez, a quien se le dictó prisión preventiva por seis meses el 14 de junio. La causa fue calificada como compleja.

A nivel federal, también se investiga a Campos y a Jiménez bajo la Ley 23.737. En ese marco, se llevaron a cabo allanamientos, incluso en dependencias municipales, con intervención de la Fiscalía Federal N.º 1 y órdenes del juez federal competente. Se secuestraron celulares y documentación que se encuentran en análisis.

Durante la audiencia, el MPF argumentó que el avance paralelo de las causas en ambos fueros genera riesgos de resoluciones contradictorias. Se citó como ejemplo el caso de José Ignacio Fúnez, imputado por asociación ilícita en el fuero provincial y, según su defensa, testigo protegido en la causa federal. Para fundar su pedido, el Ministerio citó los artículos 3 y 4 de la Ley 26.052, los artículos 41 y 43 del Código Procesal Penal de Tucumán y el artículo 116 de la Constitución Nacional, afirmando que existe conexidad objetiva y subjetiva, y que en caso de duda debe intervenir la justicia federal.

La hipótesis fiscal sostiene que la organización delictiva habría funcionado desde el municipio, cometiendo delitos como amenazas, encubrimiento, lavado de activos y desvío de fondos públicos. Se mencionaron contrataciones irregulares, adjudicaciones millonarias y vínculos con empresas presuntamente ligadas al entorno de Campos. Además, se aludió a personas como José Roldán, Albano Lorú, “Chipy” Jiménez, Rodrigo “Patón” Campos y Carlos “Coco” Rodríguez, algunos de ellos señalados en causas judiciales y hechos violentos.

Las defensas técnicas, a excepción de la Dra. Silvia Furque (representante de Jiménez), se opusieron a la remisión al fuero federal.

El Dr. Javier Lobo Aragón, defensor de Albano Lorú, manifestó un rechazo tajante al planteo fiscal. Cuestionó la falta de pruebas concretas contra su cliente, el momento procesal en que se formuló la declinatoria y el uso de la opinión pública como factor de presión. Calificó como “vergonzoso” el intento de trasladar la causa y destacó que la figura de su cliente no aparece vinculada a ningún hecho de narcotráfico ni a delitos federales.

En la misma línea, el Dr. Tomás Arce, defensor de Barrionuevo, sostuvo que no existen elementos que vinculen a su asistido con delitos de competencia federal. Aclaró que la única figura penal imputada es la de asociación ilícita (art. 210 del Código Penal), sin conexión alguna con estupefacientes ni lavado de activos, y advirtió que el cambio de fuero frustraría el derecho a la impugnación ya presentada contra la prisión preventiva dictada.

Por su parte, la Dra. Florencia Abdala, defensora de Campos y Roldán, planteó una oposición parcial. Coincidió con el MPF solo en lo referido al delito de estupefacientes —para el cual consideró competente a la justicia federal—, pero sostuvo que el resto de los hechos investigados, como malversación de caudales y amenazas, deben permanecer en la órbita provincial. Señaló que no se han incorporado nuevas pruebas desde la audiencia anterior y que no puede hablarse de conexidad sin elementos concretos. Además, aclaró que no se acreditó afectación a fondos nacionales, ni se secuestró droga alguna.

La única defensa que acompañó plenamente el pedido del MPF fue la Dra. Silvia Furque. Afirmó que su defendido, Roque Cayetano Jiménez, fue imputado por los delitos previstos en los artículos 211 y 213 del Código Penal (amenazas y coacciones), pero no por asociación ilícita, y que su situación procesal difiere del resto. A su criterio, el fuero federal debe intervenir ante la hipótesis de narcomenudeo y eventual lavado.

En cuanto al ex intendente Campos, si bien no se formuló aún una imputación formal, cuenta con un decreto de apertura de investigación penal preparatoria (IPP), por lo que su presencia en la audiencia era obligatoria.

Al resolver el planteo, el juez Rojas valoró especialmente la situación de los imputados detenidos: José Roldán, Barrionuevo, Lorú y Jiménez. Consideró que declarar la incompetencia en este momento afectaría el derecho al recurso y al doble conforme, ya que existen resoluciones vigentes en revisión ante el Tribunal de Impugnación. “La prisión preventiva impone una afectación que no puede ser reparada si la definición de competencia se posterga”, señaló. Además, advirtió que la proximidad del receso judicial podría demorar aún más el trámite en caso de remisión al fuero federal. Sobre Fúnez, quien no se encuentra detenido, indicó que la imputación se basa en la figura de asociación ilícita, lo que refuerza la necesidad de resolver primero la situación de los privados de libertad.

En conclusión, el juez resolvió rechazar el planteo de incompetencia, dejando abierta la posibilidad de revisar más adelante la cuestión de competencia una vez garantizado el derecho de los imputados al recurso. Consideró que acceder ahora a la declinatoria vulneraría derechos fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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