
Amplían horario de atención en bares y se extiende el horario de circulación
Bajo la Lupa NoticiasSegún el texto el COE dispone "extender la vigencia de las disposiciones contenidas en las Resoluciones COE N° 78 de fecha 4 de junio de 2021, y N° 79 de fecha 7 de junio de 2021, con las modificaciones dispuestas en los artículos 2° y 3° de la presente Resolución, hasta la fecha de publicación del Instrumento por el que el Poder Ejecutivo Provincial determine nuevas medidas de prevención y control de transmisión del virus Sars-cOV2 para la provincia de Tucumán".
Asimismo, se hace dos modificaciones a las restricciones vigentes: los bares podrán abrir de 07:00 a 00:00 y el horario de circulación estará restringido de 00:30 a 06:00 horas.

"Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etcétera): Horario de atención de servicios en mesas de 7:00 hs. a 0:00 hs; Ocupación: hasta el 30% de la capacidad en espacios cerrados y con ventilación constante. Hasta 4 personas por mesa (salvo burbuja familiar), distancia de 2 metros entre mesas contiguas, uso de barbijo en todo momento, salvo para ingerir bebidas y alimentos, tonto en espacios cerrados como en abiertos. Modalidad de reporto (delivery): hasta las 0:00 hs. Retiro en locales de cercanía: en el horario permitido para circulación", reza el artículo.
En tanto que para la circulación aclara que "Dejar establecido que la circulación de personas se deberá realizar conforme a las siguientes pautas: En el horario de 00:30 a 06:00, las personas deberán permanecer en sus hogares".

Finalmente el documento afirma en cuanto a la circulación interjurisdiccional que "En el horario de 19:00 a 06:00 horas solo podrán desplazarse entre jurisdicciones las personas encuadradas dentro de las actividades esenciales y los trabajadores de actividades habilitadas con modalidad especial, siempre y cuando las mismas se desarrollen en otra jurisdicción; los casos de turno médico impostergable, asistencia a un familiar, a un adulto mayor o una persona con discapacidad, traslado de niños, niñas y adolescentes para vinculación familiar y las personas que se desplacen para vacunarse. Los desplazamientos de las personas exceptuadas deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada y contar con su correspondiente permiso único de circulación".
Comunicacióntucumán


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