La legisladora Raquel Evangelina Nievas propone la creación del Hospital de Niños de Concepción

En su primer artículo, el proyecto de ley establece la creación del Hospital de Niños de Concepción, como establecimiento público provincial de salud de atención integral, especializada y gratuita para niños y adolescentes, con asiento en la “Perla del Sur”.

Política09 de enero de 2026Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

“La creación del Hospital de Niños de Concepción es una necesidad urgente y estratégica para el sur de la provincia de Tucumán. La ciudad de Concepción, con una población creciente, no cuenta con un establecimiento pediátrico dedicado exclusivamente a la atención integral de la niñez, lo que obliga a derivaciones constantes a San Miguel de Tucumán” afirmó la médica y parlamentaria concepcionense.

En su primer artículo, el proyecto de ley de Nievas establece la creación del Hospital de Niños de Concepción, como establecimiento público provincial de salud de atención integral, especializada y gratuita para niños y adolescentes, con asiento en la “Perla del Sur”.

La parlamentaria afirmó que el proyecto de su autoría tiene como objetivo “descentralizar la atención pediátrica, acercar servicios críticos a la población, fortalecer la red de salud pública, reducir la mortalidad infantil y las internaciones evitables y mejorar los tiempos de respuesta ante emergencias”.

Entre otros beneficios:

- Atención integral, preventiva, interdisciplinaria y humanizada
- Centro de referencia para neonatología, emergencias pediátricas, diagnóstico por imágenes, cuidados críticos, salud mental infanto-juvenil, rehabilitación, vacunación y programas de seguimiento del desarrollo infantil
- Reducción de la demanda sobre los hospitales de la capital
- Promoción de la equidad territorial en el acceso a la salud
- Generación de empleo sanitario y capacitación continua del personal local
“Así evitaríamos que los traslados no sean largos ni traumáticos para los vecinos del sur tucumano” resaltó Nievas.
Y agregó; “la creación del Hospital de Niños de Concepción es una inversión social, sanitaria y estratégica que impactará durante décadas en el desarrollo humano de la región. Es una decisión que protege la vida, fortalece el sistema de salud, promueve la igualdad y honra la obligación constitucional de poner a la infancia en el centro de las políticas públicas”.

Otros artículos del proyecto de ley

Artículo 2º - Finalidad

El Hospital de Niños de Concepción tendrá por finalidad brindar atención médica pediátrica integral; promover la salud infantil; prevenir enfermedades; y garantizar el acceso a servicios especializados bajo un enfoque de derechos de niñez y adolescencia, conforme la legislación provincial, nacional y tratados internacionales vigentes.

Artículo 3° - Autoridad de Aplicación

El Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, dispondrá la
planificación, construcción, ejecución, organización y puesta en funcionamiento del Hospital de Niños de Concepción, garantizando su infraestructura, equipamiento, recurso humano calificado y sostenimiento operativo.

Artículo 4° - Servicios

El Hospital funcionará, como mínimo, con los siguientes servicios y áreas:
a) Atención primaria pediátrica.
b) Guardia y urgencias pediátn a s 24 horas.
c) Internación pediátrica.
d) Neonatología.
e) Diagnóstico por imágenes.
f) Laboratorio bioquímico.
g) Vacunatorio.
h) Salud mental infantojuvenil.
i) Rehabilitación y discancidad
j) Servicios interdisciplinarios adicionales que la Autoridad de Aplicación considere necesarios de acuerdo con las necesidades epidemiológicas y sanitarias.

Artículo 5º - Convenios de cooperación

Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar acuerdos, convenios e instrumentos de cooperación con organismos nacionales, provinciales, municipales, internacionales, públicos o privados, universidades, centros de investigación, organizaciones de la sociedad civil y organismos multilaterales, destinados a la planificación, financiamiento, construcción, equipamiento, puesta en marcha y funcionamiento del Hospital de Niños de Concepción.

Artículo 6º - Aportes, donaciones y financiamiento

Autorizase al Poder Ejecutivo a recibir aportes, donaciones, contribuciones, financiamiento y asistencia técnica provenientes de personas fisicas o jurídicas del sector privado, nacionales o extranjeras, con el fin de colaborar en la ejecución de la obra, su equipamiento y su posterior funcionamiento, asegurando transparencia, trazabilidad y control de los fondos conforme a la normativa provincial vigente.

Artículo 7° - Presupuesto

El Poder Ejecutivo deberá priorizar en el Presupuesto General de la Provincia las partidas necesarias para la construcción, equipamiento y funcionamiento del Hospital. Esto será sin perjuicio de la utilización de financiamiento complementario proveniente de convenios, aportes privados o cooperación internacional, autorizados por los artículos precedentes.

Artículo 8º - Articulación
Invitase a los municipios y comunas rurales del sur tucumano, a entidades privadas, universidades, organizaciones comunitarias, organismos nacionales e internacionales, a colaborar en la implementación y sostenimiento del Hospital, en el marco de políticas públicas de protección integral de la niñez.

El Ministerio de Salud Pública implementará políticas de formación continua y obligatoria para el personal del Hospital en:

- Derechos de niñas, niños y adolescentes.
- Discapacidad.
- Trato adecuado y humanizado.
- Intervención en situacices de vulneración de derechos.

El Hospital de Niños de Concepción deberá garantizar un acceso equitativo, inclusivo, gratuito y descentralizado, priorizando la atención de niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad social, ruralidad, pobreza estructural o discapacidad.

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