
La inflación de octubre fue de 2,3% y acumuló 31,3% en los últimos doce meses
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La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, también extiende el plazo de vigencia del beneficio.
Economía16 de mayo de 2023
Bajo la Lupa NoticiasEl reintegro a jubilados, pensionados y beneficiarios de AUH y AUE por consumos realizados con tarjeta de débito se extendió por seis meses y se incrementó en un 100%, a partir del vencimiento de la actual etapa en junio próximo, por lo que estará vigente hasta fines de año.
La medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) fue confirmada hoy a través de la Resolución General 5360/2023, publicada en el Boletín Oficial.
Así se duplicó los montos máximos de los reintegros de $ 2.028 a $ 4.056 por mes por titular, y de $ 4.057 a $ 8.114 en el caso de percibir dos o más asignaciones, como es el caso, por ejemplo, de los beneficiarios de AUH de más de un hijo.
La medida, implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda, beneficia a los jubilados que cobran el haber mínimo, quiénes cobran el mínimo de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otras); como también a los titulares de asignaciones universales por hijo (AUH), por hijo con discapacidad o embarazo (AUE).
El reintegro comprende a un 15% del valor de compra, y es válido para los consumos en farmacias, comercios (incluyendo supermercados, minimercados, hipermercados almacenes y kioscos) y mayoristas.
Para acceder al mismo, los consumos deben ser realizados con la tarjeta de débito asociada donde se cobra la prestación.
Los productos alcanzados son los alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería.
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.
También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).
La AFIP fundamentó la extensión del beneficio en los considerandos de la resolución en que el régimen “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”.
Quiénes quedan excluidos del reintegro por compras con débito
El beneficio de reintegro por consumos con tarjetas de débito no aplica a los jubilados que cobran por encima del haber mínimo.
Tampoco lo perciben los trabajadores autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto los adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios) y quienes tributen Ganancias o Bienes Personales.
Fuente: La Gaceta

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