Solicitaron Prisión Perpetua para los acusados de matar a Sergio "Checho" Juárez

Locales 02 de marzo de 2023 Por Bajo la Lupa Noticias
La fiscalía solicitó al tribunal que Maximiliano Villafañe y S.L.I. sean condenados con la máxima pena impuesta por nuestro Código Penal, por el crimen del arquitecto, mientras que para Armando Guerrero y Alexis Díaz, sindicados como los autores del robo, pidieron 7 y 9 años de prisión efectiva, respectivamente.

El día miércoles se llevó a cabo en los tribunales de Concepción la audiencia de alegatos por el crimen del arquitecto Sergio “Checho” Juárez y por el robo a D.R. y C.A. 

Por el crimen están imputados S.L.I. (menor de edad al momento del hecho) y Leandro Maximiliano Villafañe (29) y por robo a mano armada Luis Armando Guerrero (23) y José Alexis Díaz (20).

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LOS ALEGATOS 

El Ministerio Público Fiscal a cargo del Dr. Miguel Varela y la Auxiliar María Emilia López Delgado señalaron: 

Para esta parte quedó probado en el debate que los imputados se juntaron y salieron con armas de fuego y que a la primera oportunidad se apoderaron de lo ajeno. Si bien declararon dos de ellos, no haber estado de acuerdo para realizar el robo, quedó demostrado que eran una banda. Por los testimonios y por los allanamientos está acreditada la autoría del hecho. 

Según lo expuesto en el debate, se pudo demostrar que se encontró rastros de pólvora en una de las camperas secuestradas al menor imputado. 

Quedó demostrado que portaban armas y que estas funcionaban y que no había más nadie que los cuatro acusados y las víctimas. 

Que S.L.I. fue el autor del disparo y Villafañe el facilitador. 

Por todo lo expuesto, el MPF solicita que: 

LUIS GUERRERO: sea declarado culpable del delito de Robo Doblemente Agravado en poblada en banda con arma de fuego y condenado a 7 años de Prisión Efectiva. Teniendo en cuenta para solicitar esta pena que el acusado fue el primero en presentarse antes las autoridades, que entiende y se hace cargo del hecho que él realizó y que no cuenta con causas o condenas penales anteriores a este hecho. 

ALEXIS DÍAZ: solicitamos sea declarado culpable del delito de Robo Doblemente Agravado en poblada en banda con arma de fuego y solicita la pena 9 años de Prisión efectiva

S.L.I.: solicitamos que el menor sea declarado Penalmente Responsable por el delito de Homicidio Agravado Criminis y Causa y por Robo Doblemente Agravado en poblada en banda con arma de fuego. Para ser luego juzgado en un juicio de cesura por un juez de menores. 

MAXIMILIANO VILLAFAÑE: sea declaró responsable por ser partícipe primario del delito de Homicidio Agravado, Criminis y Causa y por Robo Doblemente Agravado en poblada en banda con arma de fuego. Teniendo en cuenta la evidencia, los antecedentes y la edad del acusado y que se le imponga la pena de Prisión Perpetua

Además, el MPF solicitó que el testigo Maximiliano Suárez sea acusado por falso testimonio, ya que considera que quedo demostrado frente al tribunal que el mismo intento evadir respuestas y ocultar información. 

La Querella a cargo del Dr. Sergio Faiad y el Co-Defensor Juan Pablo Molinuevo señalaron: 

"Checho solo intentó que los acusados cesaran con la violencia con la que actuaban y que el disparo fue realizado por S.L.I., que fue directo a Juárez y a corta distancia". 

Según lo solicitado por Silvina, viuda de Juárez y sus hijos, de que no fueran acusados quienes no fueran los autores del hecho, esta querella considera que la pena y las conductas atribuidas a los acusados sean las solicitadas por el MPF, adhiriéndonos a las penas solicitadas. 

Por la Defensa del acusado Alexis Díaz, el Dr. Pablo Canatta alegó: 

Existe un hecho, con dos secuencias muy marcadas, yo solo haré referencia al hecho que le compete a mi defendido. 

Quedó probado que Alexis se encontraba en la moto que era manejada por Guerrero y que aprovechó el forcejeo de la víctima D.R. con S.L.I. para tomar la bicicleta y salir primero. 

Según los testimonios, Alexis se crió en un ambiente marcado por la violencia ejercida por un padre el cual es alcohólico. El tribunal debe evaluar como esto impactó en el acusado. Hecho por lo que mi defendido comenzó a salir de su casa y juntarse con personas mayores. 

Alexis, asume la responsabilidad de sus actos y por su testimonio tenemos el mecanismo del hecho. No hay duda quienes son los autores del homicidio. 

Esto quedó probado, ya que Alexis junto a Guerrero se presentaron voluntariamente para hacerse caso del robo. 

"Yo como su defensor hable muchas veces con él y veo al igual que la psicóloga una reflexión sobre el dolor causado a la familia Juárez, por eso pidió declarar como fue el hecho y cuál fue su participación. Es verdad que debemos destacar que la familia de Juárez fue extremadamente respetuosa con los acusados, y sabiendo que para la víctima no existirá una segunda oportunidad, y pudiendo ser egoísta, solicitó una segunda oportunidad para Alexis" indicó Canatta.. 

Además dijo; "por todo lo expuesto, esta defensa solicita que Alexis Díaz sea condenado a la pena de 3 AÑOS CON MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONDICIONAL, por el delito de Robo Agravado por el uso de arma no operativa o de utilería. Descartando la operatividad del arma de fuego y también descartar el agravante de en "Banda". 

La Defensa del menor S.L.I., Dr. Ernesto Baclini, consideró: 

"Toda persona tiene derecho a un proceso justo y que si es condenado sea por hechos comprobados". 

"Mi defendido viene acusado de 2 cosas, primero el robo y también el homicidio. Mi defendido fue puesto en el lugar del hecho por solo dos personas, las cuales son acusados también y no están obligados a decir la verdad.

"Suárez negó frente al tribunal lo declarado en sede policial y si bien reconoce su firma en el acta y ante a la pregunta del defensor Canatta sobre si ratificaba la declaración, responde que sí, luego al ser consultado, acepta no saber el significado de la palabra ratificar". 

"D.R. víctima del robo, no distingue a mi defendido, es decir, que no lo pone en la escena. C.A., también víctima, tampoco pone a mi defendido en el lugar del hecho". 

"Esta defensa, no entiende por qué los estudios a mi acusado se le hicieron muchas horas después de ser detenido. Es al único que se le practicó estudios específicos, a los demás solo le realizaron dermotest". 

"Nadie, ni el periodista Casen, sindica a S.L.I. en el lugar del hecho. Mi defendido NO TIENE RESPONSABILIDAD en este hecho". 

La investigación del oficial Cristián Núñez desde el primer momento fue direccionada hacia S.L.I. porque era fácil responsabilizar a un menor y calmar a la sociedad". 

"Por lo expuesto, solicitó que mi defendido no sea declarado Responsable Penal y se dicte la ABSOLUCIÓN POR EL HOMICIDIO". 

"Por el robo, a pesar de no ser reconocido en el lugar del hecho, no fue consumado, por lo que estaríamos frente a la figura de tentativa, por esto solicitó que se declare la NO RESPONSABILIDAD de la tentativa del robo y sea ABSUELTO" sentenció Baclini. 

Por la Defensa de Villafañe, el Dr. Mariano Delgado, expuso: 

"En los alegatos de apertura dijimos que no se podría probar el hecho. Existía un seguimiento y persecución por parte de la policía sobre Villafañe, tal vez por su mal vivir o por la necesidad de calmar a la sociedad, sumado a los medios de comunicación". 

"Yo me pregunto por qué solo se hizo allanamiento en casa de mi defendido. Capaz por esa razón nunca se dio con el arma homicida. Eso nunca lo sabremos. Con estos elementos no se puede imputar a mi defendido en ninguno de los dos hechos". 

"El MPF y la Querella no pudieron probar que Villafañe el 11.06.21, fue autor de un robo y luego que junto a S.L.I. ejecutaron a Juárez. Queda claro que existe una víctima con características excepcionales, pero eso no puede transformarse en una prueba para condenar a mi defendido". 

"Por el principio de inocencia, esta defensa solicita la ABSOLUCIÓN en los dos hechos". 

"Debemos decidir qué clase de sociedad queremos. Si una que mande a alguien a podrirse en una cárcel, o una sociedad que da la oportunidad a reinsertarse. La perpetua es una condena cruel". 

Para finalizar los alegatos, el Dr. Franco Molina junto a la Dra. Cinthia Campos DEFENSORES del imputado Guerrero indicaron: 

"Existe una disconformidad con la acusación. Necesitamos una sentencia que nos dé certeza. Consideramos que la pena solicitada por el MPF y la Querella es excesiva y vamos a solicitar que la calificación sea modificada, comprometiéndose esta defensa a que, de ser así, no realizaremos apelación. Considerando que la mínima de la pena es de 3 años y la máxima 10, solicitaremos la PENA DE 4 AÑOS para nuestro defendido". 

Por su parte, la Dra. Campos señaló; “voy a referirme a quien es Armando Guerrero y como se debe considerar el comportamiento que tuvo y como se puso a derecho. Cuando Armando se entera de que era indicado como autor del homicidio, decide presentarse y ponerse a disposición de la justicia. Su comportamiento en el proceso ha sido de un verdadero arrepentido, por eso es que pido se tenga en cuenta su colaboración, no solo en el robo, sino en el homicidio". 

"Armando reconoció ante esta defensa que sintió un alivio en su cuerpo y que su conciencia estaba tranquila. Que se sentía libre a pesar de estar preso. Con su relato quedó claro que detrás de él solo quedaron Villafañe con S.L.I. y las víctimas". 

"Si bien las defensas de Villafañe y S.L.I. apuntaron contra el testimonio de Casen, estoy segura de que, de contar con buena vista el mismo habría sido un testigo estrella. No hemos venido a defender la inocencia de Armando, sino a buscar una pena menor y que se valore su comportamiento". 

"Solicitamos 4 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA por el Robo con arma de fuego, cuya operatividad no fue acreditada, ya que se trataba de un arma utilitaria" dijo Campos. 

El MPF replicó sobre lo expuesto por la defensa del Dr. Canatta, Baclini y Delgado. Ratificando lo solicitado y considerando que el hecho está probado por las distintas declaraciones que sitúan en el lugar del hecho a dos motocicletas. 

Además, se probó la existencia de una banda y de un acuerdo entre los acusados. 

Recordando el principio de la buena fe, las defensas conocen que el caso fue declarado "complejo" y que si se realizaron varios allanamientos en domicilios de los otros acusados y no como fue negada en los alegatos por las defensas. 

También, se cuestionó si la entrevista realizada por la profesional Leonora P. a la víctima C.A. fue direccionada, “le recordamos a las defensas que, en el momento de realizarse la Cámara Gesell, nunca mostraron oposición”.  

Las declaraciones de los acusados se toman en cuenta. 

También, la querella expuso frente a lo expuesto por las defensas, y señaló que esta parte jamás hubiera permitido que la investigación sea direccionada hacia un inocente. 

"Nosotros buscamos investigar bien, porque teníamos miedo de que la causa fuera direccionada hacia un menor, pero todo coincide. Hasta sus compañeros lo ponen en el lugar del hecho y como protagonista" expresaron desde el MPF. 

El defensor Canatta respondió que ratificaba lo ya expuesto en los alegatos, mientras que el defensor Baclini señaló que nunca quiso decir que el MPF direccionó la investigación, pero, que si la policía les hizo llegar lo que ellos querían. "Sabemos cómo funciona esto, denunció. La causa fue direccionada por la información que llegó de la policía" señalaron. 

"No podemos usar al covid para justificar que no se realizaron los mismos estudios que se le hicieron a mi defendido a los otros tres imputados. Es la primera vez que vemos que se toma como prueba las declaraciones de los imputados, los cuales tienen derecho a mentir y no se puede decir que el Sr. Casen sigue en shock". 

Luego tuvo lugar la réplica por parte del Dr. Delgado que ratificó lo expuesto y el pedido que hizo en sus alegatos. 

Después de lo expuesto por las partes, llegó el turno del representante de la Defensoría De Niñez, Adolescentes y Capacidades Restringidas, a cargo del auxiliar Nicolás Pedraza. Este señaló que hacía propio los alegatos del Defensor del Menor. También, que S.L.I. tenía 17 años en el momento del hecho, que venía de una familia difusional y que tenía problemas de adicciones. 

Sostuvo que el menor no tuvo oportunidades en su vida, pero que desde que había sido detenido estaba estudiando un oficio y estaba haciendo uso de esa oportunidad. 

En ese momento, Pedraza fue interrumpido por el Presidente del Tribunal, quien le expresó que su intención no era coartar su exposición, pero debía recordarle, que él se encontraba en representación, no solo del menor acusado, sino de los menores que fueron víctima del robo y que su exposición bajo ningún caso podía ser un alegato en defensa del acusado, por lo que el auxiliar señaló que lo expuesto lo hacía desde la perspectiva de niñez y que con eso cerraba su exposición. 

El tribunal compuesto por el Dr. Sergio Altamirano, Rodrigo Martearena y Roberto Flores darán su veredicto este viernes 3 de marzo.

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