Familiares de fallecidos durante la cuarentena recibirán un subsidio de hasta 15 mil pesos

La ANSES otorga el beneficio a familiares de personas que fallecieron en 2020 durante la cuarentena por la pandemia de coronavirus. Entérate cómo acceder al beneficio.

Covid-1908 de enero de 2021Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias
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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció la prórroga por 90 días del plazo para presentar la solicitud al Subsidio de Contención Familiar para familiares de aquellas personas fallecidas durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno anunció la extensión del plazo para solicitar el beneficio, que será otorgado a familiares de personas fallecidas durante la cuarentena incluidas en el Régimen Nacional de Previsión y de las Cajas Provinciales de Previsión transferidas al Estado Nacional. El monto del subsidio es de $6000 si el fallecimiento se produjo hasta el 8 de agosto de 2020 y de $15.000 si fue posterior a esa fecha.


¿Quiénes podrán percibir el subsidio?

– Personas que acrediten haber pagado los gastos de sepelio o cremación.
– Viudos, viudas, convivientes, hijos e hijas con derecho a la pensión por fallecimiento.
– Otros herederos o herederas de la persona fallecida.
– Familiares directos de personas fallecidas por COVID-19 en situación de vulnerabilidad
– Familiares directos de personas fallecidas que cobraban una Pensión por Adulto Mayor
– Parientes de personas fallecidas que recibían prestaciones no contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17).
– Parientes de personas fallecidas que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de Guerra.


Para ser adjudicatario del subsidio, los familiares de las personas fallecidas deberán acreditar la titularidad de cualquiera de los beneficios previsionales arriba mencionados o tenerlo en trámite con derecho otorgado. A su vez, tendrán que presentar factura de gastos de sepelio o cremación y no haber transcurrido más de un año desde el fallecimiento.


El trámite de solicitud se realiza por internet junto con el inicio del trámite de la pensión.

Fuente: El Tucumano

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