Avanza la digitalización total en salud: receta electrónica obligatoria también para estudios y prácticas ambulatorias

El Ministerio de Salud de la Nación amplió el uso obligatorio de la receta electrónica a estudios, prácticas e insumos ambulatorios. La medida alcanza a hospitales y obras sociales nacionales, y a los sistemas provinciales que hayan adherido a la ley. Los plazos para completar la implementación van de 45 a 120 días, según el tipo de prescripción.

21 de julio de 2025Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

La receta electrónica dejará de estar limitada a la prescripción de medicamentos y pasará a ser la vía obligatoria también para estudios, prácticas médicas e insumos en el ámbito ambulatorio. Así lo estableció el Ministerio de Salud de la Nación a través de la Resolución N° 2214, publicada este lunes en el Boletín Oficial. La medida regirá para los hospitales y obras sociales que dependen del Estado nacional, y para los sistemas provinciales de salud que hayan adherido a la ley nacional que regula esta herramienta.

La resolución amplía el alcance de la Ley de Receta Electrónica/Digital, sancionada hace cinco años, con plazos escalonados para su implementación total. En una primera etapa, la obligación se aplicará de inmediato para la indicación de estudios e insumos. Para los medicamentos de prescripción más controlada —como antibióticos, psicotrópicos y estupefacientes— los plazos de adecuación serán de 90 y 120 días, respectivamente.

Por su parte, los hospitales nacionales, el PAMI, las obras sociales nacionales y las provincias adheridas disponen de 45 días para tramitar la Clave Única de Identificación de Recetas (CUIR), un código indispensable para validar y trazar cada receta. El número de CUIL del paciente será el dato principal que identificará al usuario dentro del sistema.

“Uno de los principales avances que introduce esta nueva etapa es la identificación unívoca y segura tanto del paciente como de cada receta emitida”, explicaron desde el Ministerio de Salud. “Cada prescripción tendrá una clave única que garantizará trazabilidad, seguridad y transparencia”, agregaron.

Las plataformas digitales utilizadas por los profesionales deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis) y en el Registro de Recetarios Electrónicos. Además, deberán garantizar el almacenamiento seguro de las prescripciones archivadas —como las que contienen psicotrópicos o estupefacientes— durante un período mínimo de tres años, con acceso asegurado para fines de control y fiscalización.

No obstante, se mantendrá el uso del recetario en papel en aquellos lugares del país donde no haya conectividad o sea imposible implementar la receta electrónica, como ocurre en zonas rurales o alejadas.

La digitalización total de las recetas fue anunciada por el Gobierno en diciembre de 2023 a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que establecía el 1° de julio de este año como la fecha límite para su aplicación. Sin embargo, la falta de adhesión total de las provincias obligó a postergar los plazos.

A fines del año pasado, solo 11 provincias habían adherido formalmente a la ley nacional, y 17 contaban con legislación local. La Ciudad y la provincia de Buenos Aires ya aplicaban la modalidad digital en parte de sus sistemas.

Desde el 1° de enero, la receta electrónica rige como única forma válida para la prescripción de medicamentos. Con la resolución publicada este lunes, esa obligatoriedad se extiende también a todas las prácticas médicas ambulatorias, como parte del proceso de digitalización integral del sistema de salud argentino.

Lo más visto
billetera-virtual

Golpe a las billeteras digitales

Bajo la Lupa Noticias
Economía21 de julio de 2025

Un cambio en la regulación del Banco Central modifica el funcionamiento de las plataformas financieras y afecta los rendimientos que ofrecen servicios digitales.