Circulación de transportes cañeros: Solicitan modificar la ley N° 6836

A la ya existente ley se propone que los carros deben contar con las luces alimentadas por energía eléctrica en los laterales y el último carro también en la parte posterior. El proyecto fue presentado por la legisladora Raquel Evangelina Nievas.

Política23 de septiembre de 2024Bajo la Lupa NoticiasBajo la Lupa Noticias

Visto la necesidad de tomar medidas tendientes a mejorar la seguridad para todos los transeúntes de nuestra provincia en referencia a la problemática que representa para la transitabilidad de rutas y caminos tucumanos el trasporte cañero y la alta tasa de siniestros viales en la que tristemente son protagonistas, la parlamentaria radical propuso cambios a la ley 6836 y por tal motivo solicitó a sus pares en la Honorable Legislatura de Tucumán que acompañen con su voto esta iniciativa.

Al artículo 2 se agrega un inciso que señala: "Los carros deberán contar con las balizas intermitentes alimentadas por energía eléctrica en los laterales y el último carro también en la parte posterior".

ley - modificacion

Nievas plantea una modificatoria a la ley ley N° 6836 en su artículo segundo por los siguientes motivos:

- Que el trasporte cañero por medio de vehículos y carros de gran porte representan la única forma de alimentar de materia prima a los ingenios tucumanos con las más de 16 millones de toneladas de caña de azúcar que se producen anualmente, agregando un caudal importante al trafico rutinario de rutas y caminos de la Provincia.

- Que año a año debemos lamentar el cada vez mayor número de víctimas fatales donde el trasporte cañero es protagonista en múltiples siniestros viales.

- Que las balizas en los vehículos desempeñan un papel crucial en la seguridad vial. Su uso adecuado puede prevenir accidentes y situaciones peligrosas en las rutas y caminos, minimizando los riesgos para los conductores, peatones y personal de emergencia.

- Que las balizas en vehículos de gran porte son una forma efectiva de advertir a otros conductores sobre la presencia de una situación de peligro, permitiendo que los conductores que se aproximan a estos vehículos cañeros reduzcan la velocidad y cambien de carril de manera segura, evitando así situaciones de peligro y facilitando la fluidez del tráfico.

- Que en términos de seguridad vial debemos entender a toda obra que mejore los estándares actuales como política de protección de los Derechos Humanos, resultando los siniestros de tránsito consecuencia de una sumatoria de factores predeterminados y evitables cuyas consecuencias, consistentes en las pérdidas de vidas humanas, lesiones incapacitantes y daños materiales, significan la vulneración de los derechos a la seguridad, a la salud y al goce de una vida digna.

modificacion ley - portada

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