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El Gobierno publicó los requerimientos para quienes busquen ser beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo. Se sumarán cerca de 1 millón de personas.
Economía05 de noviembre de 2020El Gobierno oficializó este miércoles los nuevos requisitos para acceder a la Asignación Universal por Hijo (AUH), que fueron anunciados la semana pasada por Alberto Fernández. Lo hizo a través de la publicación del decreto 840/2020 en el Boletín Oficial.
En un comunicado, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) remarcó cuáles son los puntos que hay que cumplir para ser beneficiario/a de esa prestación, que sumará a un millón de personas más.
A continuación, el listado:
- Que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino o argentina nativo o nativa, naturalizado o naturalizada o por opción. Cuando la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad y sus progenitores o sus progenitoras o las personas que los o las tengan a cargo sean extranjeros o extranjeras, deberán acreditar tanto la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad como él o la titular que percibirá la Asignación, DOS (2) años de residencia legal en el país. B.
- Acreditar la identidad del o de la titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad.
- Acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la ANSES disponga a estos fines.
- La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 22.431, certificada por autoridad competente.
- Hasta los CUATRO (4) años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los CINCO (5) años de edad y hasta los DIECIOCHO (18) años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.
- Acreditar que él o la titular del beneficio y la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país".
Fuente: Ambito.com
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