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title: "Oficial: Muy dura sanción a Boca por los incidentes ante Atlético Mineiro por la Copa Libertadores"
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description: "Conmebol le aplicó duras sanciones a varios jugadores e integrantes del Consejo de Fútbol."
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date_published: "2021-10-09T11:13:00-03:00"
date_modified: "2021-10-09T11:19:48-03:00"
author_name: "Bajo la Lupa Noticias"
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author_bio: "No buscamos LA INFORMACIÓN, buscamos LA VERDAD"
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category_name: "Deportes"
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# Oficial: Muy dura sanción a Boca por los incidentes ante Atlético Mineiro por la Copa Libertadores

Conmebol oficializó este viernes la sanción por los incidentes en el encuentro entre Boca y Atlético Mineiro en Belo Horizonte, por los octavos de final de la Copa Libertadores de América 2021.

Se esperaba una sanción muy dura de Conmebol y así fue, tanto para los jugadores de Boca como también para los integrantes del Consejo de Fútbol que estuvieron presentes en el partido ante Atlético Mineiro por la Copa Libertadores.

Después de que Boca quedara eliminado ante Atlético Mineiro por los octavos de final, en los pasillos del estadio se produjeron graves incidentes entre los jugadores, cuerpo técnico e integrantes del Consejo de Fútbol con personal de seguridad. Sebastián Villa y Cristian Pavón recibieron seis fechas de suspensión, mientras que Marcos Rojo (5), Carlos Izquierdoz (4), Diego González (3) y Javier García (2) fueron los otros futbolistas sancionados por Conmebol.

Además, por los incidentes también recibieron duras sanciones Raúl Cascini y Marcelo Delgado, integrantes del Consejo de Fútbol de Boca; Leandro Somoza, quien formaba parte del cuerpo técnico de Miguel Angel Russo, y Fernando Gayoso, entrenador de arqueros.

**EL FALLO DE CONMEBOL: MUY DURA SANCIÓN A BOCA POR LOS INCIDENTES ANTE ATLÉTICO MINEIRO POR LA COPA LIBERTADORES**

1º. SANCIONAR al Oficial RAÚL ALFREDO CASCINI con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A ESTADIOS  
en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro) meses contados  
a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa de USD 30.000  
(TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, de la CONMEBOL en  
concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. SANCIONAR al Oficial MARCELO ALEJANDRO DELGADO con la PROHIBICIÓN DE INGRESAR A  
ESTADIOS en competiciones organizadas por la CONMEBOL por un periodo de 24 (veinticuatro)  
meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Asimismo, se impone una multa  
de USD 30.000 (TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El monto de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, de la CONMEBOL en  
concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. SUSPENDER al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA por 6 (seis) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Oficial LEANDRO DANIEL SOMOZA una multa de USD 30.000  
(TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

4º. SUSPENDER al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO por 3 (tres) partidos. La presente sanción  
se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario  
de la CONMEBOL. Asimismo, se impone al Oficial FERNANDO GUSTAVO GAYOSO una multa de USD  
15.000 (QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

5º. SUSPENDER al Jugador DIEGO HERNÁN GONZALEZ por 3 (tres) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador DIEGO HERNÁN GONZALEZ una multa de USD 15.000  
(QUINCE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

6º. SUSPENDER al Jugador SEBASTIÁN VILLA CANO por 6 (seis) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador SEBASTIÁN VILLA CANO una multa de USD 30.000  
(TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

7º. SUSPENDER al Jugador CRISTIAN DAVID PAVÓN por 6 (seis) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador CRISTIAN DAVID PAVÓN una multa de USD 30.000  
(TREINTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

8º. SUSPENDER al Jugador JAVIER HERNÁN GARCÍA por 2 (dos) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador JAVIER HERNÁN GARCÍA una multa de USD 10.000  
(DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente  
del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de derechos de Televisación  
o Patrocinio.

9º. SUSPENDER al Jugador CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ por 4 (cuatro) partidos. La presente  
sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código  
Disciplinario de la CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ una  
multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será  
debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto  
de derechos de Televisación o Patrocinio.

10º. SUSPENDER al Jugador FAUSTINO MARCOS ROJO por 5 (cinco) partidos. La presente sanción se  
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL. Asimismo, se impone al Jugador FAUSTINO MARCOS ROJO una multa de USD 25.000  
(VEINTICINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado  
automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS, en concepto de  
derechos de Televisación o Patrocinio.

11°. IMPONER al Jugador CARLOS AUGUSTO ZAMBRANO una ADVERTENCIA.

12°. IMPONER al Jugador NORBERTO ALEJANDRO BRIASCO una ADVERTENCIA.

13º. ADVERTIR expresamente a los Oficiales y Jugadores que en caso de reiterarse cualquier  
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente  
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 31 del Código Disciplinario de la  
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

14º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y a los Señores RAÚL ALFREDO CASCINI,  
MARCELO ALEJANDRO DELGADO, LEANDRO DANIEL SOMOZA, FERNANDO GUSTAVO GAYOSO,  
DIEGO HERNÁN GONZALEZ, SEBASTIAN VILLA CANO, CRISTIAN DAVID PAVÓN, JAVIER HERNÁN  
GARCIA, CARLOS ROBERTO IZQUIERDOZ, FAUSTINO MARCOS ROJO, CARLOS AUGUSTO  
ZAMBRANO, NORBERTO ALEJANDRO BRIASCO.  
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7  
(siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta decisión  
conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las  
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De  
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD.  
3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Fuente: TyC Sports

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